Significado y alcance del “cuerpo cierto”
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Significado y alcance del “cuerpo cierto”
La compraventa a precio alzado o de cuerpo cierto es aquella en que el piso, local, ... se adquiere como una unidad y por un precio único. Es decir, el precio no se calcula en función de su medida o el número de sus metros cuadrados, sino por una suma global pactada. En estos casos, la superficie del inmueble no es un elemento esencial del contrato. Un ejemplo de ello sería la compraventa de una vivienda construida de segunda mano.
Por tanto, se relaciona de forma especial con la superficie del inmueble: Es decir, el precio no se concreta por metro cuadrado, lo que implica que si después el piso es más pequeño o más grande de lo que se indica en el contrato, ninguna de las partes podrá reclamar a la otra una diferencia de precio por esa mayor o menor cabida.
Los contratos de compraventa no deben incluir literalmente en su contenido las palabras de “cuerpo cierto”, de hecho, esta modalidad de compraventa suele expresarse de otros modos, por ejemplo, que el inmueble se adquiere como una unidad global por un precio único de su totalidad. Por ello es importante revisar los contratos y escrituras de compraventa antes de su firma.
Como hemos señalado, si tras la firma del contrato, el comprador comprueba que la superficie real no se corresponde con la indicada y es menor, el afectado no puede reclamar la resolución de la venta ni .tampoco se puede reclamar una disminución del precio.
Por ello, es muy recomendable realizar una medición exhaustiva para cerciorarse de que la superficie mencionada por el vendedor cumple con la realidad, incluso con la ayuda de un técnico.
Lo analizado sobre la compra como “cuerpo cierto” se aplica si el inmueble está ya construido, ya que en tal caso se pueden realizar las averiguaciones necesarias para contrastar la información recibida con el objeto real. Sin embargo, las compraventas sobre plano no se acreditan realizadas como “cuerpo cierto”, aunque en el contrato se especifique.
En estos casos, si el vendedor entregara una vivienda con una superficie inferior a la pactada, el comprador tendrá derecho a instar una reducción de precio o, en algunas casos, la resolución de la compraventa.
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